Obligaciones legales
Que hay que tener en cuenta y qué trámites se tienen que realizar para iniciar el negocio?
Según el lugar donde interese ubicar la actividad, pueden haber ordenaciones urbanísticas que regulen y limiten el tipo de establecimientos. Se tiene que tener en cuenta previamente a la apertura del negocio, que se tiene que efectuar el trámite de legalización de las instalaciones. También hay obligaciones que tienen que ver con el pago de tributos y con la prevención y la seguridad de las instalaciones y los establecimientos de la empresa. También habrá que constituir la empresa y adoptar una forma jurídica.
Comunicados i Licencias municipales
Pasos previos antes de la apertura de el negocio
- Comprueba la calificación urbanística de la dirección del local en el Plano de Pla General de Ordenación de Mataró
- Consulta si la actividad que se quiere realizar es compatible con el planeamiento vigente a la zona urbanística correspondiente.
Esta información también se puede solicitar por teléfono al num 937582200, pulsando la opción 4 de información urbanística o por email [email protected]
Antes de poner en marcha el negocio, para la apertura de las actividades, instalaciones o establecimientos se tiene que efectuar el trámite de legalización de las instalaciones. Este es un acto previo al inicio de cualquier actividad empresarial ubicada en un local.
En función de las características de la actividad y del local, Clasificación de las actividades, corresponde una tramitación u otra.
- Régimen de declaración responsable, anexo IV.2
- Régimen de comunicación de actividad con proyecto técnico, anexo IV.1
- Régimen de licencia municipal
- Régimen de comunicación ambiental, anexo III
- Régimen de licencia ambiental, anexo II
- Régimen de comunicación de actividades recreativas
- Régimen de licencias de actividades recreativas
- Régimen de comunicación de actividad de vivienda de uso turístico
- Comunicación de traspaso / cambio de nombre
Estas tramitaciones están sujetas a liquidación de la tasa correspondiente por actividades comerciales con superficie de venta igual o superior a 2.500 m², se tiene que tramitar la licencia comercial ante la Dirección general competente en materia de comercio de la Generalitat de Cataluña (artículo 19 del Decreto ley 1/2009, de 22 de diciembre). El otorgamiento de la licencia comercial tendrá que ser previa a la solicitud de la licencia de obras.
- Comunicación previa por instalación de elementos visibles desde la vía pública (letreros, toldos, marquesinas, …)
- Comunicación previa de obras para reparación y mantenimiento de fachadas (escaparates)
- Comunicación previa de obras sin proyecto, por adecuaciones de local sin modificar la distribución
- Comunicación previa de obras con documentación técnica (o proyecto), redistribuciones de locales pequeños, sin afectación estructural
- Licencia de obras menores
Podéis realizar estos trámites personalmente en:
Otros trámites municipales
Existeixen altres tramitacions municipals relacionades que et poden interessar en funció del tipus de negoci. Algunes poden ser prèvies a l’obertura i d’altres es poden tramitar un cop iniciada l’activitat:
- Permiso para ocupar la vía pública con objetos vinculados a las actividades comerciales
- Terrazas: Permiso para ocupar la vía pública con objetos vinculados a las actividades de restauración y degustación
- Gestión de los residuos: generaréis diferentes tipos de residuos y anualmente tendréis que pagar la correspondiente tasa
- Con el Servicio de Salud Pública: consultáis si necesitáis un registro sanitario. Dirigiros cuando tengáis productos alimentarios, hacéis restauración, si queréis u ofrecéis servicios de tatuajes y piercings o para núcleos zoológicos.
La Oficina Virtual de Trámites del Ayuntamiento de Mataró es el portal web que recoge la información de todos los trámites del Ayuntamiento de Mataró dirigidos a la ciudadanía, la empresa, los locales y las entidades de manera on-line.
Formas jurídicas y trámites para la constitución de la empresa.
Una de las primeras decisiones a adoptar por los emprendedores o emprendedoras de una nueva empresa, una vez estudiado el Plan de empresa y la obtención de recursos, es la elección entre las diferentes formas jurídicas de constitución que puede adoptar la empresa (autónomo, sociedad civil, limitada, anónima…).
También habrá que realizar los diferentes trámites relacionados con la Seguridad Social y la Hacienda Pública.
Apuntate a las sesiones informativas para más información
Otras obligaciones y trámites no municipales según la actividad
Según la actividad a desarrollar pueden haber otras obligaciones legales a cumplir de otro organismos, como por ejemplo el registro de marcas y patentes, el etiquetado, la seguridad, etc.
Apúntate a las sesiones informativas para más informació
Obligaciones fiscaels y laborales
Antes de iniciar la actividad habrá que presentar la declaración censal (modelo 036 ó 037) y darse de alta del Impuesto de actividades económicas a la delegación de Hacienda correspondiente. En caso de sociedades la liquidación de impuesto de transmisiones patrimoniales.
Una vez iniciada la actividad habrá que hacer las declaraciones de IVA, tributar por IRPF o impuesto sobre sociedades , hacer la declaración de operaciones anual con terceros , si se hacen pagos sometidos a retenciones ( por trabajadores o pagos a profesionales) hacer los modelos 111 y 190, etc
Respecto a las obligaciones laborales, los empresarios individuales hace falta que se inscriban en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social, y las empresas (anónimas, limitadas, etc…) al Régimen General de la Seguridad Social. Hará falta que dé de alta sus trabajadores en la Seguridad Social.Alta de la empresa en el régimen de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales o a una mutua patronal de accidentes de trabajo
Libros de visita o libros de matricula de personal: se adquieren en la dirección provincial del ministerio de trabajo y seguridad social. Los libros de visita reflejan las visitas que realiza la inspección de trabajo a la empresa. Los libros de matricula de personal recogen la contratación de los trabajadores.